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PREGUNTAS COMUNES

“Trabajo para el gobierno federal. ¿Esto es compensación laboral?”

Los empleados postales y federales están bajo FECA, que administra el Departamento del Trabajo de EE. UU., no la compensación laboral de California. Qué presentar, dónde y para cuándo.

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LA RESPUESTA BREVE

Si Estados Unidos es su patrón, incluido el Servicio Postal, su lesión de trabajo cae bajo la Ley Federal de Compensación para Empleados (FECA), que administra el Departamento del Trabajo de EE. UU., no bajo la compensación laboral de California. Usted presenta el formulario CA-1 o CA-2, y las instrucciones del DOL empiezan por su portal en línea, ECOMP. Si una empresa privada lo emplea bajo un contrato federal, por lo general aplica la compensación laboral de California.

En esta página

La de California, no. Si Estados Unidos es su patrón, incluido el Servicio Postal, una lesión de trabajo es un reclamo bajo la Ley Federal de Compensación para Empleados (Federal Employees’ Compensation Act, FECA), que decide el Departamento del Trabajo de EE. UU. (DOL). Ningún juez de compensación laboral de California tiene un papel en él. Abajo: dónde presentar, los plazos que indica el DOL, quién de los que trabajan alrededor de un empleo federal está, en cambio, bajo la compensación de California, y qué puede y qué no puede hacer por usted un abogado de compensación laboral de California.

FECA, no la compensación laboral de California

FECA cubre a los empleados civiles federales. La ley define “empleado” de modo que incluye a “un funcionario o empleado civil en cualquier rama del Gobierno de los Estados Unidos.” Eso alcanza a los empleados civiles de las agencias federales y de los departamentos militares.

El Servicio Postal está incluido por su nombre. 39 U.S.C. § 1005(c): “Los funcionarios y empleados del Servicio Postal estarán cubiertos por el subcapítulo I del capítulo 81 del título 5, relativo a la compensación por lesiones de trabajo.” Ese subcapítulo es FECA.

FECA es el único remedio contra el gobierno. La responsabilidad del gobierno bajo FECA es “exclusiva y en lugar de toda otra responsabilidad” de los Estados Unidos frente al empleado, incluso en una acción civil o bajo una ley de compensación laboral. Así que no hay reclamo de compensación laboral de California contra su agencia, ni demanda contra ella por la lesión misma.

El Departamento del Trabajo decide el reclamo, no su agencia. FECA la administra la Oficina de Programas de Compensación Laboral (Office of Workers’ Compensation Programs, OWCP) del DOL, a través de su programa para empleados federales, la División de Compensación para Empleados Federales. Los reglamentos describen el proceso con claridad: “A diferencia de muchas leyes de compensación laboral, el patrón no es parte en el reclamo, y la OWCP actúa como evaluador imparcial de la evidencia” (20 C.F.R. § 10.700(a)).

A dónde acudir y qué presentar

Las instrucciones de presentación del DOL empiezan por ECOMP, el Portal de Operaciones y Gestión de Compensación para Empleados (Employees’ Compensation Operations and Management Portal) en ecomp.dol.gov, una aplicación web gratuita. Usted se registra y después presenta. El DOL es directo en un punto: “Usted no necesita la aprobación de su supervisor ni de nadie más en su agencia para iniciar su reclamo de compensación laboral bajo FECA.”

FORMULARIO PARA QUÉ SIRVE, SEGÚN LO DESCRIBE EL DOL
CA-1, Federal Employee’s Notice of Traumatic Injury and Claim for Continuation of Pay/Compensation (aviso de lesión traumática del empleado federal y reclamo de continuación de pago/compensación) Una lesión traumática: una causada por un evento específico o una serie de eventos dentro de una sola jornada o turno, como una caída en las escaleras
CA-2, Notice of Occupational Disease and Claim for Compensation (aviso de enfermedad ocupacional y reclamo de compensación) Una condición producida por la exposición al ambiente de trabajo durante más de una jornada o turno
CA-7, Claim for Compensation (reclamo de compensación) Pérdida de salario después de que termina cualquier continuación de pago. El DOL dice que se siga presentando cada dos semanas a menos que le digan que ya no es necesario. También se usa para reclamar un premio de tabla (schedule award) o para recomprar licencia
CA-16, emitido por su agencia Autorización para recibir tratamiento de inmediato después de una lesión traumática: atención no quirúrgica hasta por 60 días desde la lesión. No se emite para enfermedad ocupacional, y no está en el sitio web del DOL

Su agencia completa su parte y envía el paquete a la OWCP, que asigna un número de reclamo. Ponga ese número en cada página que envíe y guarde copia de todo. El DOL recibe documentos cargados por ECOMP, o por correo postal a U.S. Department of Labor, OWCP/DFEC, PO Box 8311, London, KY 40742-8311. No acepta correo electrónico sobre casos específicos. Las páginas de FECA del DOL también se publican en español y en tagalo.

El estándar del propio DOL para un reclamo por lesión traumática es una decisión dentro de 75 días desde que lo recibe, en todos los casos salvo los más complejos. Los reclamos por enfermedad ocupacional tardan más: 90 días los sencillos, y hasta seis o diez meses el resto.

Los plazos que indica el DOL

PLAZO QUÉ ES
30 días Aviso escrito de la lesión a su superior inmediato. El CA-1 o el CA-2 es ese aviso
30 días El CA-1, si quiere continuación de pago. También tiene que empezar a perder tiempo de trabajo dentro de los 45 días siguientes a la lesión
3 años El reclamo de compensación. Para una condición latente, el tiempo corre desde que usted supo, o razonablemente debió saber, que estaba relacionada con el trabajo. Un reclamo tardío todavía se puede admitir si su supervisor tuvo conocimiento real dentro de 30 días, o si se dio aviso escrito dentro de 30 días
30 días Una audiencia después de una decisión final adversa, si no ha pedido ya su reconsideración
1 año Reconsideración. La solicitud tiene que ser recibida por la OWCP dentro de un año desde la decisión
180 días Una apelación ante el Employees’ Compensation Appeals Board (la junta federal de apelaciones de compensación para empleados)

No deje que los tres años lo hagan bajar la guardia. Los plazos de 30 días deciden si le pagan en las primeras semanas. Si el DOL niega el reclamo, dice que la decisión explicará sus derechos de apelación y sus límites de tiempo. Lea esa parte primero.

Pago y atención médica mientras corre el reclamo

Continuación de pago (COP). Después de una lesión traumática, su agencia, no el DOL, le sigue pagando su sueldo regular durante la incapacidad hasta por 45 días calendario. Paga impuestos como cualquier sueldo, y la agencia por lo general no puede obligarlo a usar en su lugar su propia licencia por enfermedad o sus vacaciones anuales. La COP no se paga en los reclamos por enfermedad ocupacional.

Empleados del Servicio Postal: los primeros tres días. Un empleado del Servicio Postal no recibe compensación ni COP por los primeros 3 días de incapacidad temporal, y puede usar vacaciones anuales, licencia por enfermedad o licencia sin goce de sueldo para cubrirlos. Si la incapacidad pasa de 14 días o va seguida de incapacidad permanente, la licencia se puede restituir, o pagarse los días de licencia sin goce de sueldo.

Compensación después de la COP. La compensación por pérdida de salario por incapacidad total es el 66⅔ por ciento de su tasa de pago sin dependientes, o el 75 por ciento con al menos uno. Se reclama en el CA-7, con evidencia médica para cada periodo.

Su médico. El DOL dice que usted tiene derecho a elegir al primer médico que lo trate por la lesión, aunque primero lo haya visto un médico designado por su patrón (vea 5 U.S.C. § 8103(a)). Cambiar de médico después de eso necesita la aprobación de la OWCP, por escrito.

Su trabajo. El DOL dice que FECA da a los trabajadores lesionados el derecho a recuperar su empleo federal dentro de un año desde el inicio de la pérdida de salario.

FECA y la compensación de California, lado a lado

QUÉ CAMBIA FECA (EMPLEADOS FEDERALES Y POSTALES) COMPENSACIÓN LABORAL DE CALIFORNIA
Quién decide La Oficina de Programas de Compensación Laboral del DOL La aseguradora del patrón; las disputas van a la Junta de Apelaciones de Compensación Laboral (WCAB)
Formulario de reclamo CA-1 o CA-2, empezando por ECOMP DWC-1, a su patrón
Aviso Aviso escrito dentro de 30 días Aviso escrito dentro de 30 días
Plazo para presentar 3 años Por lo general un año desde la lesión o desde el último beneficio otorgado
Primeras semanas sin trabajar Continuación de pago, hasta 45 días, por una lesión traumática Incapacidad temporal
Tasa por pérdida de salario 66⅔% del sueldo, o 75% con un dependiente Dos terceras partes del salario semanal promedio, de $264.61 a $1,764.11 por semana para una lesión de 2026
Médico Su elección inicial de médico Por lo general dentro de la Red de Proveedores Médicos del patrón
Impedimento permanente Premio de tabla (schedule award), calificado bajo las AMA Guides, 6.ª edición Calificación de incapacidad permanente, AMA Guides, 5.ª edición, según se aplican bajo la tabla de calificación de California
Honorario del abogado Debe aprobarlo el DOL; no se permiten honorarios de contingencia; lo paga usted Lo fija un juez de compensación laboral y se paga de lo recuperado

Si trabaja para un contratista, no para el gobierno

Los empleados de una empresa privada están bajo la compensación laboral de California, incluso en propiedad federal. California define al patrón de manera que incluye a “toda persona, incluida cualquier corporación de servicio público, que tenga a cualquier persona natural a su servicio” (Código Laboral § 3300(c)), y al empleado como toda persona al servicio de un patrón bajo cualquier contrato de empleo.

El terreno federal no cambia eso. La autoridad de compensación laboral de California puede aplicar las leyes del estado a terrenos, edificios y proyectos federales en el estado “de la misma manera y en la misma medida que si las instalaciones estuvieran bajo la jurisdicción exclusiva del Estado.” La misma sección dice que no modifica FECA.

Así que si lo contrató un contratista privado, ya sea una empresa de seguridad, de limpieza, de servicio de comida o de construcción que trabaja en una base o en un edificio federal, su reclamo por lo general es un reclamo de California contra el seguro de esa empresa. La pregunta es quién lo emplea, no de quién es el edificio. Revise su talón de pago. Guardias de seguridad. · Agencias de empleo temporal. · Dicen que soy contratista independiente.

Bomberos en instalaciones militares y de la NASA. La presunción de cáncer de California ahora nombra a los miembros activos en labores de combate de incendios de un departamento de bomberos que atiende una instalación del Departamento de Defensa o de la NASA. Esa presunción pertenece a la compensación laboral de California, así que ayuda cuando su patrón está cubierto por la compensación de California, por ejemplo una empresa privada. Un bombero que es empleado civil federal está bajo FECA, que es exclusiva. Las presunciones de seguridad pública.

Otros sistemas federales

Trabajo portuario y de estiba. Los trabajadores en los puertos y sus alrededores pueden estar cubiertos por la ley federal Longshore and Harbor Workers’ Compensation Act, y para muchos trabajadores portuarios California aplica de forma concurrente. Los marineros están bajo otra ley más. Trabajadores portuarios y estibadores.

Tiendas militares (exchanges) y otros patrones de fondos no asignados. Si a usted le pagan con fondos no asignados (nonappropriated funds) del Army and Air Force Exchange Service, de un exchange de la Marina, del Cuerpo de Marines o de la Guardia Costera, o de una instrumentalidad similar bajo la jurisdicción de las fuerzas armadas, su lesión cae bajo la Longshore and Harbor Workers’ Compensation Act por extensión. Esa responsabilidad es exclusiva y sustituye cualquier otro reclamo de compensación laboral contra los Estados Unidos o la instrumentalidad.

Miembros de las fuerzas armadas. El servicio militar es un sistema propio. FECA cubre a funcionarios y empleados civiles, y para los veteranos dados de baja en condiciones distintas de la deshonrosa, los Estados Unidos pagan compensación por incapacidad por una lesión sufrida en cumplimiento del deber en servicio activo militar, naval, aéreo o espacial bajo el título 38. Soy veterano con beneficios del VA.

Qué puede y qué no puede hacer aquí un abogado de compensación laboral de California

Este despacho ejerce la compensación laboral de California. Un reclamo de FECA es un proceso federal. Para el reclamo en sí, empiece por el Departamento del Trabajo. El DOL dice que su supervisor o el encargado de compensación por lesiones de su agencia (Injury Compensation Specialist) pueden contestar preguntas al respecto, y si no, que se comunique con la OWCP.

Lo que una licencia de California no cambia:

  • Ningún juez de California decide un reclamo de FECA, y su patrón federal no debe ningún beneficio de California.
  • Las reglas de honorarios son federales. Un honorario por servicios en un reclamo de FECA es válido solo si lo aprueba el Secretario del Trabajo. Lo paga únicamente el reclamante, no la OWCP, y “No se permiten honorarios de contingencia en ninguna forma.” La compensación de California funciona distinto: un juez fija el honorario, y sale de lo recuperado. Lo que cuesta un abogado en la compensación de California.
  • Puede que no necesite a nadie. DOL: “Usted no necesita los servicios de un abogado o representante para reclamar beneficios bajo FECA.” Si quiere uno, puede nombrar a un representante a la vez, por escrito, como un cónyuge, un representante sindical o un abogado.

Dónde la ley de California sí importa:

  • En qué sistema está usted. Empleado federal, empleado de un contratista, empleado de un exchange, trabajador portuario: la respuesta decide todo lo demás.
  • Un segundo trabajo. Una lesión en un trabajo privado, no federal, es un reclamo de California contra ese patrón. Tengo dos trabajos.
  • Alguien distinto del gobierno la causó. El conductor que chocó su camión de correo, o el dueño del perro de su ruta, pueden ser responsables bajo la ley de California. FECA tiene sus propias reglas para ese caso. El DOL puede exigirle que presente la acción o que la ceda a los Estados Unidos. De cualquier recuperación, después de los costos del pleito y de un honorario razonable de abogado, usted reembolsa la COP y la compensación que pagaron los Estados Unidos, y cualquier excedente se acredita contra la compensación futura por la misma lesión. Para un empleado federal, el § 8132 aplica en lugar de las reglas de gravamenGravamen Un reclamo contra su recuperación. La ley lista nueve categorías, de la (a) a la (i), incluido el reembolso al EDD, que es el que más sorprende a la gente. de la compensación laboral de California que se describen en nuestras páginas de accidentes de auto y mordeduras de perro.

Preguntas frecuentes

¿Una lesión en el Servicio Postal es un reclamo de compensación laboral de California?

No. La ley pone a los funcionarios y empleados del Servicio Postal bajo FECA. Usted presenta un CA-1 o un CA-2 ante el Departamento del Trabajo.

¿Puedo demandar al Servicio Postal o a mi agencia por la lesión?

Por lo general no. FECA es la responsabilidad exclusiva del gobierno por la lesión. Un reclamo contra alguien más que la causó es otra pregunta, con la regla de reembolso de FECA adjunta.

¿Cuánto tiempo tengo?

Dé aviso escrito dentro de 30 días, y presente el CA-1 dentro de 30 días si quiere continuación de pago. El reclamo de compensación en sí tiene un límite de tres años, con excepciones.

Trabajo para un contratista en una base militar. ¿Eso es FECA o California?

Por lo general California. FECA cubre a los empleados del gobierno. Los empleados de una empresa privada están bajo la compensación laboral de California, y la ley federal permite que California la aplique en propiedad federal.

¿Un abogado puede cobrar un porcentaje de mis beneficios de FECA?

No. No se permiten honorarios de contingencia en ninguna forma, y cualquier honorario debe aprobarse antes de cobrarse.


Atendemos reclamos de California en inglés, español y coreano. Si no está seguro de en qué sistema está, o si parte de lo que pasó es un reclamo de California, la consulta es gratis y no lo compromete a nada. Si la respuesta es que su reclamo le corresponde al Departamento del Trabajo, se lo vamos a decir.

¿Puedo siquiera reclamar?

Cobertura, estatus, y los patrones que dicen que no.

Preguntas frecuentes

Fuentes

5 U.S.C. § 2105(c)§ 8101(1)§ 8103(a)§ 8116(c)§ 8117§ 8118§ 8119§ 8122§ 8127§ 8131§ 8132§ 8171§ 817339 U.S.C. § 1005(c)40 U.S.C. § 317238 U.S.C. § 1110, § 113120 C.F.R. § 10.5(h), (ee)§ 10.100§ 10.101§ 10.200§ 10.205§ 10.401§ 10.607§ 10.616§ 10.700§ 10.701§ 10.702§ 10.703§ 501.3(e)Código Laboral de California § 3212.1(a)(2), (3)§ 3300§ 3351§ 4653§ 4906§ 5400§ 5405DIR Newsline 2025-116 (tarifas de incapacidad temporal de 2026)Departamento del Trabajo de EE. UU., OWCP: Programa de Compensación para Empleados Federales, Cómo presentar un reclamo, Información básica sobre reclamos nuevos, Ley Federal de Compensación para Empleados — Preguntas frecuentes, Acerca del programa, Información para reclamantes y representantes, Realineación de la DFELHWC5 U.S.C. § 811639 U.S.C. § 10055 U.S.C. § 8101(1)(A)5 U.S.C. § 8119(a)–(c)5 U.S.C. § 8118(a); 20 C.F.R. § 10.205(a)(2)§ 10.205(a)(3)5 U.S.C. § 8122(a); 20 C.F.R. §§ 10.100(b), 10.101(b)§ 8122(b)20 C.F.R. § 10.616(a)20 C.F.R. § 10.607(a)20 C.F.R. § 10.200(a), (b)5 U.S.C. § 8117(b); 20 C.F.R. § 10.200(c)20 C.F.R. § 10.401(b)§ 3172(c)40 U.S.C. § 3172(a)Código Laboral § 3212.1(a)(2), (3)5 U.S.C. § 8127(b)20 C.F.R. § 10.702(a).

Información general sobre la ley de California; no es asesoría legal sobre su caso.

Los valores de deterioro descritos provienen de las Guías de la AMA, 5.ª edición, tal como se aplican bajo el baremo de calificación de California; las Guías son un texto médico con derechos de autor y las cifras aquí se resumen en lugar de reproducirse. Su calificación depende de los hallazgos de su propio examen.

Revisado por Jamey Teitell, Partner & Trial Attorney · Actualizado

Law Offices of Solov & Teitell, APC · (213) 380-9310

Impreso de https://www.solovteitell.com/es/trabajo-para-el-gobierno-federal/ · Actualizado

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