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Lo que sí es claro
Su derecho a los beneficios no depende de su estatus. La ley lo cubre, y lo ha hecho por décadas. La respuesta completa.
La compensación laboral no es un programa de asistencia del gobierno. Es un seguro que el patrón está obligado a comprar, y los beneficios los paga esa aseguradora — no una agencia de asistencia pública.
Las preguntas sobre su estatus no son descubrimiento procedente en un caso de compensación laboral, porque el estatus no es relevante para el reclamo. Un juez puede proteger contra esa línea de preguntas. Qué hacer cuando sale el tema.
Si le preguntan por su estatus en el depósito (su declaración bajo juramento), eso normalmente no es descubrimiento procedente, y su abogado puede objetar.
Y amenazar con reportarlo por reclamar es represalia ilegal. También es, por separado, un asunto serio bajo otras leyes.
Si su patrón lo amenazó con reportarlo, escríbalo con la fecha y dígalo.
Dónde nos detenemos y le decimos que busque a un especialista
El derecho migratorio no es nuestra práctica, cambia, y las consecuencias de equivocarse no son económicas — son permanentes.
Si usted tiene una solicitud pendiente, una orden de remoción previa, una visa ligada a su empleador, o cualquier procedimiento en curso, hable con un abogado de inmigración sobre su situación específica antes de tomar decisiones. No en lugar de seguir con su reclamo — junto con él.
Preferimos decirlo claramente que darle una respuesta muy segura fuera de lo que realmente sabemos.
Lo que sí podemos hacer nosotros: llevar el caso de compensación laboral procurando que el estatus no entre al expediente sin necesidad, y objetar cuando alguien intente meterlo.
Lo que vale la pena saber de todos modos
Existen algunas categorías de visa para trabajadores que han sido víctimas de ciertos delitos o de violaciones laborales graves, y una lesión de trabajo a veces ocurre junto con hechos que importan para ellas — robo de salario, amenazas, represalias, condiciones inseguras que el patrón conocía. La persona indicada para evaluar eso es un abogado de inmigración, y vale la pena preguntar.
Un caso civil contra un tercero — un contratista, un conductor, el fabricante de un equipo — tampoco es un procedimiento de inmigración, y puede valer bastante más que el reclamo de compensación porque paga dolor y sufrimiento. Cuándo existe uno.
¿Puedo siquiera reclamar?
Cobertura, estatus, y los patrones que dicen que no.
Fuentes
Código Laboral § 3351 (definición de empleado — sin requisito de estatus)§ 3700 (obligación del patrón de asegurar la cobertura)§ 132a (discriminación por reclamar)§ 1019 (prácticas injustas relacionadas con la inmigración, incluida la amenaza de reportar el estatus migratorio)§ 244(b) (reportar o amenazar con reportar el estatus migratorio por ejercer un derecho es una acción adversa)§ 1171.5 (el estatus migratorio es irrelevante para hacer valer la ley laboral y de empleo del estado).
Información general sobre la ley de California; no es asesoría legal sobre su caso.
Revisado por Jamey Teitell, Partner & Trial Attorney · Actualizado
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