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Preguntas frecuentes

“Ya tuve un reclamo antes.”

Una lesión previa no es una incapacidad previa. Y una incapacidad previa puede abrir un reclamo ante el SIBTF, con dinero además de lo que debe su patrón. La SB 171 reescribió ese reclamo en julio de 2026.

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La respuesta breve

Puede cortar para los dos lados — y los trabajadores normalmente suponen solo la mitad mala.

La mitad mala: un laudo previo de incapacidad permanente se presume concluyentemente que sigue existiendo, lo que reduce lo que debe el patrón actual.

La mitad que nadie menciona: una incapacidad previa puede abrir un reclamo ante el SIBTFSIBTF Fondo Fiduciario de Beneficios por Lesiones Subsecuentes (Subsequent Injuries Benefits Trust Fund). Paga cuando una incapacidad previa más una lesión laboral producen una incapacidad sustancialmente mayor. Reescrito por el SB 171 en julio de 2026. — dinero además de lo que debe su patrón.

En esta página

Qué sí reduce su caso

§ 4664(b): cuando ha habido un laudo previo de incapacidad permanente, esa incapacidad se presume concluyentemente que sigue existiendo.

Fíjese en lo que eso exige: un laudo previo. Un reclamo anterior que se resolvió por Compromise and ReleaseC&R — Compromise and Release Una sola suma que cierra el tratamiento médico futuro de forma permanente. sin laudo de incapacidad permanente no es un laudo previo — y el § 4664(b) se invoca más seguido de lo que aplica. Pida ver el laudo previo.

Y el prorrateoProrrateo El reparto de la incapacidad permanente entre las causas del trabajo y las que no son del trabajo. Se prorratea la incapacidad, no los hallazgos de una imagen. del § 4663 es a la causación de la incapacidad. Ojo con Lindh: bajo City of Petaluma v. WCABWCAB Junta de Apelaciones de Compensación Laboral (Workers’ Compensation Appeals Board). El sistema de tribunales que decide estos casos. 23 oficinas de distrito en todo el estado. (Lindh) (2018) 29 Cal.App.5th 1175, una condición preexistente que nunca lo incapacitó sí puede sostener el prorrateo — la incapacidad previa ya no es requisito. Lo que la defensa todavía tiene que probar es que la condición de verdad causó parte de esta incapacidad, con evidencia médica sustancial.

Bajo EscobedoEscobedo La decisión en banc que exige que una opinión de prorrateo explique cómo y por qué. Un porcentaje sin razonamiento no es evidencia sustancial., la opinión tiene que explicar cómo y por qué. Un porcentaje pegado a “lesión previa” sin razonamiento no es evidencia sustancialEvidencia sustancial El estándar que una opinión médica tiene que cumplir para sostener una determinación.. Cómo atacar una opinión de prorrateo.

Qué le puede aumentar — el SIBTF

El Subsequent Injuries Benefits Trust Fund existe para trabajadores que tenían una incapacidad preexistente y después sufrieron una lesión industrial que, combinadas, producen una incapacidad sustancialmente mayor.

Lo paga un fondo estatal, no su patrón — es decir, es dinero genuinamente adicional, y crónicamente no se reclama.

Y cambió. El SB 171 reescribió el SIBTF a partir de julio de 2026, de forma retroactiva, con una foto de derechos adquiridos al 1 de junio de 2026.

Todo lo que usted lea sobre SIBTF que se haya escrito antes de eso describe las reglas anteriores. Qué cambió y qué significa.

La incapacidad previa que califica no tiene que ser industrial. Una condición congénita, una lesión anterior fuera del trabajo, o una condición médica pueden ser la incapacidad preexistente.

Por eso importa la honestidad en la declaración

Le van a preguntar bajo juramento por lesiones y reclamos previos. Más sobre declarar.

Conteste con la verdad. Una lesión previa no derrota su reclamo, y puede valer dinero. Lo que sí destruye un reclamo es negar algo que aparece en algún expediente médico — y siempre aparece en algún expediente médico.

Investigación y testimonio

Declaraciones, vigilancia y su propio expediente.

Preguntas frecuentes

Información general sobre la ley de California; no es asesoría legal sobre su caso.

Revisado por Jamey Teitell, Partner & Trial Attorney · Actualizado

Law Offices of Solov & Teitell, APC · (213) 380-9310

Impreso de https://www.solovteitell.com/es/ya-tuve-un-caso-de-compensacion-antes/ · Actualizado

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