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Compensación laboral

El prorrateo — cuando le restan puntos por algo viejo

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La respuesta breve

El prorrateo (apportionment) reparte la causa de su incapacidad entre el trabajo y todo lo demás, y el empleador solo paga la parte del trabajo.

Pero una opinión de prorrateo que solo dice "50% degenerativo" sin explicar cómo llegó ahí no es evidencia médica sustancial, y se puede tumbar.

Qué es

Bajo el Código Laboral § 4663, el médico que califica su incapacidad permanente debe decir qué porcentaje de esa incapacidad fue causada por el trabajo y qué porcentaje por otras cosas: una condición degenerativa, una lesión vieja, una enfermedad, la edad.

El empleador paga solo la parte laboral.

Ejemplo. Su calificación final es 30%. El médico prorratea 40% a una condición degenerativa preexistente. El empleador responde por el 18% (el 60% de 30), no por el 30%.

Un tercio de su dinero puede desaparecer en un párrafo de un reporte médico. Por eso el prorrateo es, en la práctica, la pelea más valiosa que hay en muchos casos.

La regla que cambia el resultado: Escobedo

Un porcentaje sin razonamiento no vale

En Escobedo v. Marshalls (2005), la Junta resolvió en pleno (en banc) que una opinión de prorrateo tiene que explicar cómo y por qué la causa no laboral produce esa parte de la incapacidad.

No basta con escribir un número. El médico tiene que decir en qué se apoya, con qué razonamiento, y por qué esa condición está causando incapacidad hoy.

Una frase como "apportion 50% to degenerative disc disease" sin nada más es exactamente lo que Escobedo dice que no es evidencia médica sustancial. Y ese tipo de frase aparece en reportes todos los días.

Esto es completamente revisable. Usted puede leer el reporte y ver si hay razonamiento o solo hay un número.

Lo que NO se puede prorratear

Hay dos malentendidos que le cuestan dinero a mucha gente.

Una condición asintomática no es, por sí sola, prorrateable. Muchísimas personas tienen cambios degenerativos en la columna y nunca sintieron nada. El punto no es si la radiografía muestra desgaste; el punto es si esa condición estaba causando incapacidad antes de la lesión. Los tribunales de California han tratado este tema repetidamente, y la distinción entre hallazgo e incapacidad es la clave.

Tampoco se puede prorratear a algo que el médico no examinó ni razonó. Un prorrateo hecho "de memoria" sobre una lesión de hace veinte años, sin expediente y sin explicación, es atacable.

El otro artículo: § 4664

El § 4664(a) dice que el empleador responde solo por el porcentaje de incapacidad directamente causado por la lesión.

El § 4664(b) agrega algo distinto y más duro: si usted ya tenía un premio previo (prior award) de incapacidad permanente sobre la misma región del cuerpo, se presume que esa incapacidad continúa existiendo.

Esa presunción se puede rebatir, pero hay que hacerlo con prueba — y hay que saber que existe antes de firmar cualquier cosa.

Qué hacer cuando ve un prorrateo en su reporte

  1. Léalo completo. Busque la sección de apportionment. Suele estar cerca del final.
  2. Pregúntese si hay razonamiento, o solo un número. Si es solo un número, el reporte es vulnerable.
  3. Fíjese si la condición "preexistente" le causaba incapacidad antes. ¿Faltó al trabajo por eso? ¿Tuvo restricciones? ¿Tomó tratamiento? Si la respuesta es no, dígalo.
  4. No lo deje pasar por cansancio. Es la parte del reporte que más dinero mueve y la que menos gente revisa.

Preguntas frecuentes

Tengo artritis. ¿Eso significa que no tengo caso?

No. Casi todos los adultos tienen algún desgaste. La pregunta legal no es si existe, sino si le estaba causando incapacidad antes de la lesión y si el médico lo explicó.

Me lesioné la espalda hace diez años en otro trabajo. ¿Me van a restar todo?

No automáticamente. Si hubo una adjudicación previo sobre esa región, el § 4664(b) crea una presunción; si no lo hubo, el médico tiene que razonar el prorrateo como cualquier otro.

¿Puedo pedir que otro médico opine?

Depende de dónde esté en el proceso. Con abogado, las vías son el depósito del evaluador, un reporte suplementario, o atacar el reporte por insuficiente. El proceso de QME.

¿El prorrateo también reduce mi tratamiento médico?

No. El prorrateo aplica a la incapacidad permanente. El derecho al tratamiento médico razonablemente necesario para curar o aliviar los efectos de la lesión laboral se rige por el § 4600.


Si su reporte tiene un prorrateo que no explica nada, tráiganoslo. (213) 380-9310 · Admisión 24/7 (213) 463-6469

Relacionado

Fuentes

Código Laboral § 4663 (prorrateo a la causación) · § 4664 incisos (a) y (b) · § 4660.1 · § 3202 · Escobedo v. Marshalls (2005) 70 Cal.Comp.Cases 604 (en banc).

Información general sobre la ley de California; no es asesoría legal sobre su caso.

Los valores de deterioro descritos provienen de las Guías de la AMA, 5.ª edición, tal como se aplican bajo el baremo de calificación de California; las Guías son un texto médico con derechos de autor y las cifras aquí se resumen en lugar de reproducirse. Su calificación depende de los hallazgos de su propio examen.

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Impreso de https://www.solovteitell.com/es/prorrateo/ · Actualizado 2026-08-23