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Preguntas frecuentes

“¿Me arreglo o voy a juicio?”

Casi todos los casos se arreglan, y la razón no es cobardía — es que el juicio se decide sobre un expediente que se cerró en la conferencia de arreglo.

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La respuesta breve

Depende casi por completo del expediente — y el expediente se cierra antes que el juicio.

En esta página

Qué es realmente un juicio

No hay jurado. Hay un juez de compensación laboral. Casi toda la evidencia es documental. El testimonio en vivo suele ser corto — usted, a veces un compañero o un supervisor. Los médicos casi nunca declaran en persona.

Y la decisión no se dicta ahí mismo. El caso se toma bajo consideración y los Findings and Award salen después. Qué pasa en realidad.

La regla que gobierna la decisión

§ 5502(d)(3): el descubrimiento se cierra en la conferencia obligatoria de arreglo. “La evidencia no revelada u obtenida después no será admisible” — salvo que la parte que la ofrece demuestre que “no estaba disponible o no pudo descubrirse con el ejercicio de la debida diligencia antes de la conferencia de arreglo.”

Lo cual significa que el juicio se decide sobre el expediente que existía en la conferencia de arreglo.

Si el expediente está bien, el juicio es una opción real. Si le falta algo, el juicio no lo va a arreglar — y un mejor argumento tampoco.

Así que la versión honesta de esta pregunta es: ¿está completo el expediente? No ¿estoy dispuesto a pelear?

Cuándo el juicio vale la pena

Una disputa legal o médica defendible sobre un expediente desarrollado — una opinión de prorrateoProrrateo El reparto de la incapacidad permanente entre las causas del trabajo y las que no son del trabajo. Se prorratea la incapacidad, no los hallazgos de una imagen. que no cumple con EscobedoEscobedo La decisión en banc que exige que una opinión de prorrateo explique cómo y por qué. Un porcentaje sin razonamiento no es evidencia sustancial., una calificación que aplica mal un método, un caso de incapacidad total permanente donde la carga de cuatro pasos sí se cumple.

Cuando la distancia entre la oferta y el valor correcto es lo bastante grande para justificar la demora.

Y cuando la evidencia médica realmente es más fuerte que la de la defensa.

Cuándo arreglar es la mejor respuesta

Cuando la disputa es de grado y no de error legal.

Cuando la oferta está dentro del rango que un juez probablemente encontraría.

Cuando la demora cuesta más que la diferencia — y en un caso donde alguien no está trabajando, muchas veces cuesta más.

Y cuando el expediente tiene un hueco que ya no se puede curar.

La decisión que importa más que arreglar-o-ir-a-juicio

No si arreglar. Cómo.

Un Compromise and ReleaseC&R — Compromise and Release Una sola suma que cierra el tratamiento médico futuro de forma permanente. cierra el tratamiento médico futuro para siempre. Las Stipulations no, y conservan la posibilidad de reabrir por incapacidad nueva y adicional dentro de cinco años desde la fecha de lesiónFecha de lesión En un reclamo de trauma acumulativo o de enfermedad ocupacional, la ley la fija en el momento en que usted por primera vez sufrió incapacidad y supo o debió haber sabido que estaba relacionada con el trabajo — no cuando empezó el desgaste. Casi todos los plazos se cuentan desde ahí..

En cualquier caso con un dispositivo, un reemplazo de articulación, medicamento continuo o una condición progresiva, esa decisión vale más que la diferencia entre casi cualquier par de ofertas de arreglo. Por qué.

Y es su decisión

Un juez tiene que aprobar cualquier arreglo y encontrarlo adecuado. Pero el juez decide sobre el expediente que tiene enfrente — normalmente el de la defensa. Un juez no puede valuar una parte del cuerpo que nadie reclamó.

Ningún abogado puede arreglar su caso sin que usted esté de acuerdo.

Algo está por decidirse

Calificaciones, ofertas, conferencias y los documentos que cierran un caso.

Preguntas frecuentes

Información general sobre la ley de California; no es asesoría legal sobre su caso.

Revisado por Jamey Teitell, Partner & Trial Attorney · Actualizado

Law Offices of Solov & Teitell, APC · (213) 380-9310

Impreso de https://www.solovteitell.com/es/me-arreglo-o-voy-a-juicio/ · Actualizado

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