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Los reclamos por asbesto no se parecen a ningún otro reclamo de compensación laboral en California, porque la lesión ocurrió décadas antes de que alguien supiera de ella. Todo lo que dice la ley que los rige es consecuencia de ese solo hecho.
Cuatro reglas que deciden estos casos:
1. La fecha de la lesión no es la fecha del diagnóstico. Es cuando usted tuvo por primera vez incapacidad y supo o debió haber sabido que tenía relación con el trabajo.
2. La responsabilidad generalmente recae en el último año de exposición dañina — no en el patrón donde usted trabajó más tiempo, ni en el que le causó más exposición.
3. Para una muerte por asbestosis de un trabajador del asbesto o de un bombero, la ley da un año completo desde la fecha de la muerte — sin el límite exterior de 240 semanas. No es la única excepción de este tipo. El § 5406(a) comienza con “Salvo lo dispuesto en la Sección 5406.5, 5406.6 o 5406.7” — y el § 5406.7 es el que más importa aquí. Para una muerte por cáncer, por tuberculosis, o por una enfermedad infecciosa transmitida por la sangre — las presunciones de seguridad pública — los dependientes pueden iniciar el procedimiento hasta 420 semanas desde la fecha de la lesión, no 240, siempre que presenten dentro de un año de la muerte. La muerte por cáncer de un bombero es el caso para el que se escribió esto. El § 5406.6, por separado, da un año desde la muerte para las muertes relacionadas con el VIH de trabajadores de la salud, de empleados del § 3212 y de trabajadores del § 830.5 del Código Penal.
4. Existe un fondo estatal — la Asbestos Workers’ Account (Cuenta de los Trabajadores del Asbesto) — que paga beneficios cuando no se puede encontrar al patrón o a la aseguradora, o cuando niegan el reclamo. Casi nadie lo usa.
Las enfermedades
El asbesto causa varias condiciones distintas, con pronósticos muy diferentes, y en un reclamo no se tratan igual.
Placas pleurales y engrosamiento pleural — los hallazgos más comunes, muchas veces sin un deterioro significativo. Las placas son un marcador de exposición, y en un reclamo su importancia con frecuencia está en que demuestran que la exposición ocurrió.
Asbestosis — fibrosis intersticial del pulmón. Progresiva, irreversible, y se califica según la función pulmonar. Como es una fibrosis pulmonar, la incapacidad temporal por ella puede durar hasta 240 semanas dentro de cinco años, en lugar de las 104 habituales.
Cáncer de pulmón — la exposición al asbesto eleva el riesgo, y la combinación del tabaco con la exposición al asbesto lo multiplica de manera dramática. Esa interacción es el centro de la mayoría de las peleas de prorrateoProrrateo El reparto de la incapacidad permanente entre las causas del trabajo y las que no son del trabajo. Se prorratea la incapacidad, no los hallazgos de una imagen. en estos casos, y corta para los dos lados: la sinergia significa que la contribución del asbesto no simplemente se resta.
Mesotelioma — cáncer de la pleura o del peritoneo. El asbesto es esencialmente la única causa conocida, lo que hace que la causalidad sea comparativamente sencilla y que el caso gire en torno a la responsabilidad, las fechas y el reclamo civil. La latencia suele ser de 20 a 50 años, y el pronóstico es malo.
Otros cánceres — el cáncer de laringe y el de ovario tienen asociaciones reconocidas.
El plazo, y por qué es todo el problema
La ley fija la fecha de la lesión en una enfermedad ocupacional como la fecha en que el empleado sufrió incapacidad por primera vez y supo, o con diligencia razonable debió haber sabido, que la incapacidad fue causada por el empleo.
Se necesitan los dos elementos. La exposición por sí sola no es una fecha de lesiónFecha de lesión En un reclamo de trauma acumulativo o de enfermedad ocupacional, la ley la fija en el momento en que usted por primera vez sufrió incapacidad y supo o debió haber sabido que estaba relacionada con el trabajo — no cuando empezó el desgaste. Casi todos los plazos se cuentan desde ahí.. El diagnóstico por sí solo no es una fecha de lesión. El reloj empieza cuando hay incapacidad y conocimiento.
Esa regla normalmente ayuda al reclamante que está vivo. Un trabajador expuesto en 1978 para quien la incapacidad y el conocimiento de su causa llegan los dos en 2026 tiene una fecha de lesión en 2026, no en 1978, y el plazo ordinario de un año para reclamar corre desde ahí.
En un caso de muerte es al revés. La ley prohíbe iniciar el procedimiento “más de un año después de la fecha de la muerte, ni más de 240 semanas desde la fecha de la lesión.” 240 semanas son cuatro años y siete meses. En un trabajador que tuvo incapacidad y supo la causa años antes de morir, el límite exterior puede vencerse mientras el trabajador todavía está vivo.
El § 5406.5 corrige esto — para un grupo muy reducido:
“En el caso de la muerte de un trabajador del asbesto o de un bombero por asbestosis, el plazo dentro del cual se puede iniciar el procedimiento para cobrar los beneficios que establece el Artículo 4 (que comienza con la Sección 4700)... es de un año desde la fecha de la muerte.”
Lea qué cubre eso, y qué no cubre. Cubre a los trabajadores del asbesto y a los bomberos. Cubre la muerte por asbestosis. No dice nada sobre el mesotelioma, sobre el cáncer de pulmón relacionado con el asbesto, ni sobre ningún otro trabajador.
Ese hueco es real y no se debe disimular. En una muerte por mesotelioma, el argumento de que el § 5406.5 también la alcanza — o de que la fecha de lesión del § 5412 no surgió sino hasta mucho después — hay que hacerlo de verdad. No es una formalidad, y es la razón por la que estos casos se tienen que evaluar de inmediato y no después de que se arregle la sucesión. Cómo funcionan los beneficios por muerte.
Qué patrón paga
La ley limita la responsabilidad en un reclamo por enfermedad ocupacional a los patrones que emplearon al trabajador durante el último año de exposición dañina antes de la fecha de la lesión o de la última fecha de empleo que lo expuso al peligro.
En un historial de trabajo de cuarenta años, ese resultado es extraño y muchas veces injusto — el patrón cuya exposición con mayor probabilidad causó la enfermedad puede no tener ninguna responsabilidad, mientras que un patrón del último año carga con toda. Eso es lo que hace el estatuto.
Tres consecuencias prácticas:
Usted puede proceder contra uno o más de esos patrones, y el laudo es conjunto y solidario contra ellos. Usted no tiene que resolver quién responde por qué — eso lo resuelven ellos entre sí en un procedimiento de contribución, que no reduce sus beneficios.
Si ningún patrón del periodo aplicable estaba asegurado, la responsabilidad pasa al último año de empleo con exposición al peligro en el que exista un patrón asegurado.
Y el historial de trabajo es el caso. Reconstruir cuarenta años de patrones, obras, sindicatos y aseguradoras — muchos de ellos disueltos, fusionados o en liquidación — es el trabajo de verdad en un reclamo por asbesto. Las herramientas son los registros de ingresos del Seguro Social, los registros del sindicato, los formularios W-2 y los registros de pensión.
La Asbestos Workers’ Account
Este es el beneficio más desconocido de la compensación laboral de California, y existe exactamente para la situación que estos reclamos producen: el patrón ya no existe y nadie va a pagar.
El capítulo 11 del Código Laboral crea la Asbestos Workers’ Account. La ley define al trabajador del asbesto como “cualquier persona cuya ocupación la sometió a una exposición a fibras de asbesto” — lo cual es amplio — y define los beneficios de los trabajadores del asbesto como “beneficios por incapacidad temporal total, beneficios por incapacidad permanente total, beneficios por muerte y beneficios médicos.”
Cuándo aplica: el trabajador primero tiene que pedirle la compensación al patrón o a la aseguradora. La Cuenta queda disponible cuando el trabajador no puede localizar al patrón o a la aseguradora responsable, o cuando el patrón o la aseguradora no paga o niega la responsabilidad dentro de 30 días.
Qué paga: adelantos de los beneficios de los trabajadores del asbesto. Los beneficios por muerte se pagan en pagos parciales, de la misma manera y en las mismas cantidades que la indemnización por incapacidad temporal, y — esto es importante — “los beneficios que establece este capítulo no se conmutarán en un pago de suma global”.
Qué le exige a usted: presentar una solicitud ante la Junta de Apelaciones para identificar al patrón responsable, y cooperar plenamente en ese esfuerzo — la ley permite que la Cuenta suspenda los pagos al trabajador que no coopere. Los pagos terminan una vez que se establece un patrón responsable, y la Cuenta entonces recupera lo que adelantó bajo su propio artículo de cobranza: la ley le ordena presentar un gravamenGravamen Un reclamo contra su recuperación. La ley lista nueve categorías, de la (a) a la (i), incluido el reembolso al EDD, que es el que más sorprende a la gente., y el § 4416 hace de ese gravamen “un primer gravamen sobre la compensación”, con prioridad sobre todos los demás gravámenes. La ley le da también un primer gravamen sobre cualquier recuperación de un tercero.
Para hablarle claro: la Cuenta se usa muy poco, y la primera y mejor ruta sigue siendo identificar al patrón y a la aseguradora. Pero en un caso en que un trabajador se está muriendo y el patrón responsable se disolvió en 1994, este es un mecanismo legal real, y existe exactamente para este caso.
Cómo se califica la enfermedad
La enfermedad pulmonar relacionada con el asbesto se califica bajo el capítulo respiratorio, con la Tabla 5-12 para los trastornos pulmonares en general.
El capítulo clasifica el deterioro en cuatro clases, con rangos de persona entera de aproximadamente 0%, 10–25%, 26–50% y 51–100%, según las pruebas de función pulmonar:
- FVC — capacidad vital forzada
- FEV₁ — volumen espiratorio forzado en un segundo
- DLCO — capacidad de difusión, que con frecuencia es la medida más sensible en la enfermedad intersticial
- VO₂ max — medido en una prueba de esfuerzo cardiopulmonar
Los umbrales específicos los lee el evaluador en la tabla, y hay que compararlos con los valores reales de las pruebas en su reporte — aquí no los reproducimos, porque las Guías son un texto con derechos de autor y porque un número citado fuera de contexto es exactamente como estas calificaciones salen mal.
Dos puntos que vale la pena plantear:
El DLCO es la medición que más importa en la asbestosis, y es la que más seguido se omite en un panel básico de espirometría. Una evaluación pulmonar sin capacidad de difusión es una evaluación incompleta en un caso de enfermedad intersticial.
Y el VO₂ max en la prueba de esfuerzo cardiopulmonar es el camino a las clases más altas. Es la única medición del capítulo que capta lo que de verdad pasa cuando el trabajador se esfuerza, que es toda la queja. Es cara, muchas veces no se ordena, y cuando los números en reposo subestiman la incapacidad, es la respuesta.
El mesotelioma es un problema completamente distinto. Las clases de función pulmonar no se diseñaron para una enfermedad maligna terminal, y en un caso de mesotelioma la prioridad no es optimizar la calificación — es establecer el reclamo, conseguir el tratamiento médico y evaluar el caso civil, rápido.
El caso civil suele ser el más grande
La compensación laboral es el remedio exclusivoRemedio exclusivo La compensación laboral es generalmente el único reclamo que usted tiene contra su patrón. No es el único reclamo contra los demás. contra el patrón. No es el remedio contra los fabricantes.
La responsabilidad por productos de asbesto es el litigio masivo más desarrollado de los Estados Unidos. A los fabricantes de aislamiento, compuesto para juntas de tablaroca, empaques, productos de freno, calderas, bombas, válvulas, tubería de cemento y recubrimientos contra incendio que contenían asbesto se les ha demandado durante cincuenta años, y decenas de ellos crearon fideicomisos de bancarrota específicamente para pagar reclamos. Esos fideicomisos tienen criterios publicados y tablas de pago publicadas, y los reclamos contra ellos son aparte de cualquier demanda y aparte del reclamo de compensación laboral.
Un diagnóstico de mesotelioma en California debe llevar de inmediato a evaluar el caso civil y los reclamos ante los fideicomisos, no solo el reclamo de compensación laboral. La recuperación civil muy a menudo es un orden de magnitud mayor, y — a diferencia de la compensación laboral — paga el dolor y el sufrimiento y la pérdida de consorcio.
Y hay una categoría de reclamante que no tiene ningún reclamo de compensación laboral, pero sí un caso civil fuerte. En Kesner v. Superior Court (2016), la Corte Suprema de California resolvió que los patrones y los dueños de inmuebles tienen el deber de prevenir la exposición al asbesto llevada a casa — el asbesto que el trabajador lleva a su casa en el cuerpo y en la ropa — frente a los miembros del hogar del trabajador. La Corte limitó ese deber a los miembros del hogar, y excluyó expresamente a visitantes, vecinos, familiares de compañeros de trabajo y contactos ocasionales.
Un cónyuge que lavó durante veinte años ropa de trabajo cubierta de asbesto y que después desarrolló mesotelioma no tiene un reclamo de compensación laboral — y, según Kesner, puede tener uno civil considerable.
Cómo funcionan los reclamos contra terceros y los gravámenes.
Quién estuvo expuesto
El uso del asbesto en la construcción y la industria de California fue generalizado hasta la década de 1970 y no se detuvo de golpe. La renovación y la demolición de edificios viejos siguen exponiendo a trabajadores hoy.
Construcción y oficios — aisladores, instaladores de tubería, plomeros, caldereros, trabajadores de lámina metálica, electricistas, acabadores de tablaroca (compuesto para juntas), techadores, colocadores de azulejo, peones de demolición.
Astilleros y trabajo marítimo — Long Beach, San Pedro, Terminal Island, Hunters Point. Entre los ambientes de mayor exposición del estado. Reclamos de trabajadores portuarios y estibadores.
Refinerías y plantas de energía — Wilmington, Carson, El Segundo, Torrance.
Mecánicos de automóviles y de equipo pesado — trabajo de frenos y embragues.
Bomberos — incendios estructurales en edificios viejos, y la revisión de escombros después del fuego sin protección respiratoria. Y los bomberos tienen sus propias presunciones, varias de las cuales se extienden más allá del retiro. Presunciones de seguridad pública.
Aeroespacial y manufactura — una presencia muy grande en el sur de California.
Escuelas, hospitales y edificios públicos — personal de limpieza y mantenimiento que trabaja cerca de aislamiento y loseta de piso deteriorados.
Preguntas frecuentes
Estuve expuesto hace cuarenta años. ¿Ya es demasiado tarde?
Probablemente no, si usted está vivo. El § 5412 arranca el reloj cuando usted tuvo por primera vez incapacidad y supo, o debió haber sabido, que tenía relación con el trabajo — no cuando estuvo expuesto.
Mi esposo murió de mesotelioma. ¿Cuánto tiempo tengo?
Generalmente un año desde la muerte, pero la ley también prohíbe iniciar el procedimiento más de 240 semanas después de la fecha de la lesión, y la excepción del § 5406.5 está escrita para las muertes por asbestosis de trabajadores del asbesto y de bomberos. Si él era un bombero cubierto por la presunción de cáncer del § 3212.1, el § 5406.7 puede extender ese límite exterior a 420 semanas desde la fecha de la lesión, siempre dentro de un año de la muerte. Hágalo evaluar ahora, no después. El análisis de verdad está en disputa, y depende de las fechas.
La compañía para la que trabajé ya no existe.
La responsabilidad puede recaer en otro patrón, en un sucesor, o en una aseguradora que todavía exista. Y cuando no se encuentra a nadie o nadie paga dentro de 30 días, la Asbestos Workers’ Account existe exactamente para eso.
¿Qué patrón es responsable?
Generalmente los del último año de exposición dañina — no aquel donde usted trabajó más tiempo. Se puede proceder contra cualquiera de ellos, y el laudo es conjunto y solidario.
¿También puedo demandar?
Casi seguro vale la pena investigarlo. Los reclamos por productos de asbesto y ante los fideicomisos de bancarrota son aparte de la compensación laboral y con frecuencia mucho más grandes, y pagan el dolor y el sufrimiento, cosa que la compensación laboral no paga.
Yo nunca trabajé con asbesto — mi papá sí, y yo tengo mesotelioma.
Según Kesner v. Superior Court, los patrones y los dueños de inmuebles tienen un deber hacia los miembros del hogar expuestos por la ropa y el cuerpo de un trabajador. Ese es un reclamo civil, no de compensación laboral, y es real.
Dicen que mi cáncer de pulmón fue por fumar.
El tabaco y la exposición al asbesto interactúan de forma multiplicativa, no aditiva. Esa interacción es un argumento médico que va en contra de una simple resta, y lo tiene que plantear un médico, en el expediente.
Fuentes
§ 3212.6§ 3212.8§ 4656(c)(3)(H)§ 5406(b)§ 5500.5(a) del Código Laboral§ 5500.5(e)§§ 4401–4418§ 4402§ 4408§ 4407.3§ 4407.5§ 4411(b)§ 4411(d)§ 4411(e)§ 4414§ 4417§ 5500.5
Información general sobre la ley de California; no es asesoría legal sobre su caso.
Revisado por Jamey Teitell, Partner & Trial Attorney · Actualizado
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