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Preguntas frecuentes

"Necesito un intérprete."

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Respuesta breve: sí. Si usted no habla ni entiende inglés con fluidez, tiene derecho a un intérprete calificado — en cuatro situaciones específicas, sin costo para usted, y el intérprete tiene que estar certificado.

Dónde tiene derecho a un intérprete

Cuatro situaciones, cuatro fundamentos — y el estándar no es el mismo en todas:

  1. Citas de tratamiento médico — intérprete calificado, § 4600(g)
  2. Exámenes médico-legales — el examen del QME o del AME — intérprete certificado, § 4600(f)
  3. Declaraciones (depositions) — intérprete certificado, § 5710(b)(5)
  4. Audiencias ante la Junta de Apelaciones (WCAB)§ 5811(b)(2) y 8 CCR §§ 9795.1.5 / 9795.3

La diferencia importa al pedirlo. Pedir un "intérprete certificado bajo el § 4600(g)" en una cita de tratamiento invita un "no": ahí el estándar del § 4600(g) es calificado.

Usted no paga por esto. Es parte del reclamo.

El intérprete tiene que estar certificado

Para audiencias, declaraciones y arbitrajes: el intérprete debe estar certificado — inscrito ante el State Personnel Board o ante los tribunales de California — o certificado provisionalmente por acuerdo de las partes o con la aprobación del juez o árbitro.

Para tratamiento médico y exámenes médico-legales: certificación a través del State Personnel Board o de los tribunales de California, de la Certification Commission for Healthcare Interpreters (CCHI), o del National Board of Certification for Medical Interpreters — con certificación provisional disponible con el consentimiento del administrador de reclamos, o para idiomas que no tienen una certificación estándar.

Esto no es un formalismo. Un informe médico-legal vale exactamente lo que valga la entrevista de la que salió. No acepte a un familiar, a un compañero de trabajo, ni a un empleado de la oficina como su intérprete en un examen médico-legal. Usted tiene derecho a un profesional certificado, y un historial mal traducido en ese informe lo sigue durante todo el caso.

Qué hacer

Diga por escrito qué idioma necesita, lo antes posible — cuando se programe la cita, no el día de la cita.

Si no llega ningún intérprete, dígalo y no continúe con un examen médico-legal. Una evaluación hecha sin intérprete, o con uno no calificado, produce un expediente con el que usted va a tener que vivir.

Pida sus documentos importantes en su idioma. Muchos avisos y formularios del DWC están disponibles en español, y las obligaciones de notificación del administrador de reclamos no se cumplen entregándole algo que usted no puede leer.

Y lleve una lista escrita de sus síntomas y limitaciones, en su propio idioma, para que nada dependa de recordarlo bajo presión.

Y en su declaración, ellos pagan

Cuando el empleador o la aseguradora toman su declaración, el Código Laboral § 5710(b) le da derecho a:

  • Un intérprete certificado, pagado por el empleador
  • Los honorarios razonables de su abogado, fijados por la Junta y pagados por el empleador — no descontados de su recuperación
  • Gastos de transporte, comidas y hospedaje
  • Reembolso del salario perdido por asistir
  • Una copia de la transcripción, sin costo

Léalo otra vez: si le programaron una declaración y usted no tiene abogado, conseguir uno para esa declaración no le cuesta nada.

Nuestra oficina

Manejamos reclamos en español, inglés y coreano. Las consultas son gratis y no hay ninguna obligación.

(213) 380-9310Admisión 24/7 (213) 463-6469

Consultas gratis en español. · 한국어 무료 상담.

Ambas páginas revisadas por Jamey Teitell, Socio y Abogado Litigante, Law Offices of Solov & Teitell, APC. Colegio de Abogados de California #183718. Última revisión: 19 de agosto de 2026.

Fuentes

Código Laboral § 3351 · § 3357 · § 3706 · § 3708 · § 132a · § 4600 (incisos (e), (g)) · § 5710

8 CCR § 9795.1.5 — texto · Preguntas frecuentes del DWC sobre certificación de intérpretes

Información general sobre la ley de California; no es asesoría legal sobre su caso.

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Impreso de https://www.solovteitell.com/es/necesito-un-interprete/ · Actualizado 2026-08-23